Europa pone coto a la publicidad engañosa de alimentos

Desde el pasado 14 de diciembre, los fabricantes ya no pueden utilizar declaraciones de propiedades saludables no demostradas científicamente, algo de lo que hasta ahora se ha venido abusando para promocionar alimentos. Con la publicación de la lista de alegaciones, se acaba el plazo de 6 meses dado a la industria para adaptar sus envases y etiquetas.

Según ha expuesto en un comunicado, la OCU se felicita de este importante paso adelante en la protección de los consumidores contra esta práctica comercial desleal porque desaparecerán todos esos reclamos que no tienen ninguna base científica. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) es quien debe controlar ahora que la norma se cumpla.

Sin embargo, según la OCU aún queda mucho por hacer. La norma permite utilizar este tipo de declaraciones probadas aun cuando se hagan respecto a alimentos con alto contenido en grasa, azúcar o sal, enmascarando así un perfil nutricional desequilibrado. Es decir, no porque se añadan vitaminas o minerales con propiedades nutricionales demostradas a un alimento demasiado rico en grasa o azúcar, éste se va a convertir en un producto saludable.

Desde la OCU urgen a las autoridades comunitarias para que definan urgentemente los perfiles nutricionales de los alimentos.